Andrés A. Cáceres |
Carta de Andrés A. Cáceres a Patricio Lynch sobre el reconocimiento del Tratado de Ancón
Huancayo, junio 19 de 1884.
Mi estimado jeneral.
El leído su afectísima del 13 del presente que me apresuro corresponder.
Cuando a consecuencia de mi reconocimiento oficial de la paz de Octubre como un hecho consumado esperaba yo que US. de conformidad con las seguridades ofrecidas por US. mismo al señor Sánchez Lagomarsino ordenase la desocupación del territorio nacional por sus fuerzas, he tenido el honor de recibir a su digno secretario jeneral doctor don Diego Armstrong, comisionado por US. con el levantado propósito derribar conmigo a conclusiones que atiendan a evitar en el Perú los males de la guerra civil.
Los sentimientos que determinan a US. esta conducta i que el señor Armstrong ha sabido interpretar con elocuencia no pueden ser más nobles i merecen un parabien sincero de mi parte.
Más, debo decirlo con entera franqueza, las indicaciones referentes a un acuerdo con el jeneral Iglesias quedando éste como presidente de la República están bien lejos de satisfacer las lejitimas exijencias de sentimiento público de mi patria, que si ha podido aceptar la paz de Octubre como hecho consumado se resiste a transmitir con los autores ese mismo hecho que constituye su ruina.
Sin embargo de lo espuesto, por especialista deferencia a la mediación de US. i en mi vehemente deseo de fijar la tranquilidad del país contesto al señor de Osma proponiéndole las bases de un arreglo que poniéndonos al señor jeneral Iglesias i a mí la más perfecta reciprocidad de abnegación i de sacrificios, consultan el supremo interés nacional que es el norte del verdadero patriotismo.
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Bulnes Gonzalo. "Guerra del Pacífico. Ocupación del Perú - La Paz". Valparaíso, 1919.
Saludos
Jonatan Saona
D ABSOLUTA UNILATERAL EN EL COMISIONADO TERRITORIAL DE LAS NNUU DE TODO TRATADO TERRITORIAL INCONSTITUCIONAL IMPUESTO BAJO TERRORISMO HOLOCAUSTO ROBO SAQUEO INCENDIO VIOLACION DE NIÑAS
ResponderBorrarMADRES DE FAMILIA .
VIOLACION DEL CONVENIO DE GINEBRA DE1863
EL TERROR NO ES FUENTE DEL DERECHO ITERNACIONAL EN LAS NNUU
CIVILIZADAS.
ARICA Y TARAPACA SON TERRITORIOS SOBERANOS DE LA REPUBLICA INDEPENDIENTE DEL PERU PERPETUOS INALIENABLES INVIOLABLES INTOCABLES PRESCRITO EN NUESTRA CONSTITUCION DE 1860.
LA JUSTICIA NO ES VENGANZA Y EL DERECHO CONSTITUCIONAL INTERNACIONAL DE LA DEFENSA NO ES UN DELITO.
TODO TRATDO TERRITORIAL EJECUTADO BAJO ASALTO CRIMINAL CONTRA LA DUDHC PARIS FRANCIA.
LA NULIDAD ABSOLUTA UNILATERAL /.
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