12 de octubre de 2023

Vista del Auditor


Vista del Auditor de Marina Dr. Uladislao J. Rospigliosi. 

Excmo. Señor. 
El auditor actual de marina espidiendo la vista pedida por V. E. dice: que seguida la presente causa á solicitud del señor Capitán de navío D. Aurelio García y García para depurar su conducta en el día 8 de Octubre último en que el monitor "Huáscar" se vió atacado por toda la escuadra chilena compuesta de dos divisiones y en el que mandaba la corbeta "Unión" como comandante General de la 2° división naval. La disposición de V. E. contenida en el Supremo decreto de 28 de Febrero corriente á fojas 136 vuelta se halla arreglada á las prescripciones de la ordenanza que determina que en caso como el presente es el consejo de guerra de oficiales generales el que debe dar su fallo respecto de las faltas graves en que creyese que hubiese incurrido un Jefe al cumplir una comisión importante, así es que esa determinación no ha debido alarmar al señor García y García que quedará mas satisfecho si dicho fallo le es favorable; pero antes de que V. E. mande ver la causa por dicho consejo es necesario que el señor Juez Fiscal concluya su dictámen en los términos que terminantemente prescriben los artículos 129 y siguientes hasta el 144 inclusive del tercer tomo de Colon, que por ahora es todavía el código de enjuiciamiento militar; así es que si V. E. encontrase acertada esta opinión puede servirse disponer que vuelva el proceso al expresado señor Juez Fiscal para el fin indicado. 

También es de necesidad manifestar á V. E. que aunque la sumaria investigación terminó con el dictamen de fojas 135 parece de necesidad que hayan en el proceso constancia de lo que fué la "Unión" el día 8 de Octubre, esto es de sus condiciones como buque de guerra y del estado de su armamento y municiones en dicho día; pues sobre puntos tan importantes y que se mencionan en la instructiva del señor García y García nada se ha hecho, cuando ha podido entre otras cosas tomarse informes circunstanciados de la Comandancia general de marina y hacer reconocer el buque por dos peritos que den un dictamen asertivo sobre los mencionados puntos y aun si hubiese sido posible hacer constar también la condición de los dos buques chilenos que persiguieron á la "Unión" habría todo esto facilitado mas la decisión del Consejo de Guerra; y como aun pueden mandarse subsanar esas faltas en cuanto sean posibles, el auditor se permite llamar la atención de V.E.

Callao Abril 8 de 1880.
Rospigliosi


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"La Corbeta Unión el 8 de octubre de 1879". Lima, 1880.

Saludos
Jonatan Saona

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