12 de octubre de 2023

Sentencia a AGG.

Aurelio García y García
El Consejo de Guerra 

Nombrado por el Supremo Gobierno, el Consejo de guerra de oficiales generales que debía entender y fallar en el proceso; quedó definitivamente organizado con el siguiente personal: 

Presidente Coronel. D. Juan Nepomuceno Vargas.
Vocal Capitán de Navío Diego de la Haza.
Vocal Capitán de Navío José Elcorrobarrutia.
Vocal Capitán de Navío Hercilio Cabieses
Vocal Capitán de Navío Lino de la Barrera. 
Vocal Corl. prov. Capitán de Fragata Luis German Astete. 
Vocal Cap. de Navío grad. hab. efec. Juan M. Fanning.

Fiscal Capitán de Navío José Rosendo Carreño
Auditor de Marina Dr. Uladislao J. Rospigliosi

Este consejo se reunió en el Arsenal del Callao el 17 de Mayo de 1880. 

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Sentencia pronunciada por el Consejo de Guerra de Oficiales Generales. 

Arsenal del Callao, Mayo 17 de 1880. 
Visto en consejo de guerra de oficiales generales, con asistencia del auditor de marina, este proceso seguido de órden suprema y á solicitud del Capitán de navío comandante general de la 2° división naval D. Aurelio García y García, con el fin de examinar y fallar acerca de la conducta observada por este jefe, que montando la corbeta "Unión" navegaba en convoy con el monitor "Huáscar" cuando el último buque fué estrechado por fuerzas chilenas muy superiores, sobre la costa de Mejillones de Bolivia, el día 8 de octubre próximo pasado, pereciendo en esa gloriosa defensa el ilustre contra-almirante Grau y muchos de sus heróicos subordinados; y teniendo en consideración, que del proceso resulta plenamente probado, 

Que la corbeta "Unión" procedió de conformidad con las instrucciones del entónces director de la guerra; que durante el encuentro y maniobras que se siguieron ante esas fuerzas enemigas poderosas, no recibió la "Unión" órdenes ni señales del jefe superior que se hallaba abordo del "Huáscar" para alterar dichas instrucciones; y que las condiciones especiales de la "Unión", no le permitían otro género de evoluciones que las efectuadas, lo que hace inaplicables al caso materia de este juicio, las citas de artículos de las ordenanzas navales hechas por el fiscal que llevó adelante el plenario: de conformidad con lo opinado por los dos fiscales de la Excma. corte suprema, por el fiscal militar que entendió en el sumario y por el auditor de marina: 

El Consejo, por unanimidad de votos, ABSUELVE definitivamente de todo cargo y responsabilidad al capitán de navío D. Aurelio García y García, sin que el presente proceso pueda en ningún tiempo ni circunstancia, serle de nota en su carrera ni en su nombre.

Y que se advierta al fiscal que en igual caso de, emitir su opinión, lo efectúe de un modo mas explícito. 

—Juan Nepomuceno Vargas
—Diego de la Haza 
—José Elcorrobarrutia 
—HercilioCabieses
—Lino de la Barrera
—Luis Germán Astete
—Juan Manuel Fanning

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Aprobación Suprema

Lima, Julio 30 de 1880. 

Visto el presente proceso seguido para esclarecer la conducta y procedimientos del capitán de navío Aurelio García y García que montaba la corbeta de guerra "Unión", como comandante general de la división naval en la expedición sobre las costas de Chile que terminó con el combate de Angamos el 8 de octubre último: apruébase el fallo dado por el consejo de guerra de oficiales generales, por el cual se ABSUELVE definitivamente de todo cargo y responsabilidad al citado jefe, sin que el presente proceso pueda en ningún tiempo ni circunstancia serle de nota en su carrera ni en su nombre.

Reintégrensele en conformidad con las disposiciones vijentes los medios sueldos que haya dejado de. percibir como enjuiciado. 

Rejístrese, comuníquese y archívese. 

Rúbrica de S. E. 
Manuel Villar


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"La Corbeta Unión el 8 de octubre de 1879". Lima, 1880.

Saludos
Jonatan Saona

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