7 de diciembre de 2020

Sentencia a Ferreira

Marco Aurelio Ariagada
Sentencia a Emilio Ferreira por la acción de El Tambillo

SENTENCIA

Vistos: el 5 de diciembre último el Comandante de Armas de Caracoles anunció al teniente de la guarnición de San Pedro de Atacama don Emilio A. Ferreira la proximidad de una división enemiga y le ordenaba que estuviera prevenido para recibirla mientras de Calama acudían fuerzas en su auxilio.

El teniente Ferreira juzgó, una vez reconocida la localidad, que era preferible situarse en el lugar de Tambillo, distante legua y media de San Pedro y al efecto eligió anticipadamente las posiciones más ventajosas. Atrincherado detrás de una tapia ordenó desmontar la tropa que se reducía a 23 soldados y tomó las precauciones necesarias a fin de que los caballos no huyeran comenzado el tiroteo. 

El enemigo en número de 160 no tardó en ponerse a la vista el 6 a las 4 A.M. y estrechada la distancia rompió fuegos sobre las fuerzas de Ferreira que resistió en ella hasta que las municiones se agotaron. Obligado éste a replegarse tomó la segunda posición que de antemano había elegido; pero flanqueado por el enemigo, falto de municiones y dispersada la caballada desde el primer momento, el teniente se retiró dejando un herido, ocho muertos y el resto de la fuerza prisionera.

A consecuencia de éste suceso se ordenó por el señor comandante general de Armas que se instruyera un sumario, con el fin de averiguar la conducta militar del teniente Ferreira en el hecho de armas referido.

CONSIDERANDO

1º Que anunciada la proximidad del enemigo por el Comandante de Armas de Caracoles y la orden consiguiente de que estuviere preparado para recibirlo mientras llegaban auxilios, el teniente Ferreira, se apresuró con notable celo a reconocer la topografía del lugar y eligió las posiciones que él creyó más ventajosas para resistir a pié al enemigo.

2º Que logró prolongar esa resistencia hasta que agotadas sus municiones, hubo de cambiar de posición.

3º Que le fue imposible ejecutar una carga de Caballería a terreno,  porque a pesar de las precauciones tomadas desde antemano, los caballos se dispersaron por efecto de las detonaciones.

4º Que si bien es cierto que los soldados que declaran a fojas 1 y fojas 2 recurren la posibilidad de un ataque a caballo antes de la dispersión de estos, ello no puede influir para la apreciación  de la conducta militar del teniente Ferreira, cuyo criterio no lo formaron las impresiones del momento, sino el reconocimiento anticipado y detenido del lugar.

5º Que esta circunstancia la corroboran otros testigos del proceso.

6º Que todos los testigos cuyas declaraciones constan en autos, dan testimonio del valor y serenidad del acusado en el combate y de que dio ejemplo a los pocos que le acompañaban.

7º Que la declaración del sargento José Zavala, que ha podido perjudicar al acusado, no tiene valor alguno en juicio, tanto porque es singular, cuanto porque ella es contraria a todas las que abonan la conducta del acusado.

8º Que finalmente y establecido, que el teniente Ferreira ha cumplido dignamente con su deber, la responsabilidad de la derrota de Tambillo se debe a causas del todo ajenas a la voluntad del acusado.

Por estas consideraciones el Consejo de Guerra absuelve al teniente don Emilio Antonio Ferreira.

Antofagasta, abril 16 de 1880.

M. Aurelio Arriagada, Matías Rojas, Rosauro A. Gatica, Juan P. Bustamante y Lorenzo Flores.



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Rosales, Justo A. "Mi campaña al Perú, 1879-1881" Concepción, 1984. p. 82

Saludos
Jonatan Saona

1 comentario:

  1. 23 soldados... eso no pasa de ser una patrulla montada... creo que los bolivianos eran entre cien y doscientos, llamados francotiradores... hay que considerar que las comunicaciones en esa época no eran muy buenas.

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