El Presidente Constitucional de la República Boliviana, &a.
Considerando la necesidad de dar seguridad al puerto y á la bahía de Cobija, y en virtud de la autorización del Congreso,
DECRETA.
1.º El Gobernador litoral queda encargado de hacer construir, sobre el morro saliente hacia el mar, en continuación à la población, una fortaleza que contenga veinte y cuatro cañones de grueso calibre, con sus almacenes correspondientes, y los cuarteles necesarios para trescientos hombres de tropa.
2.° En el camino de Gatico, y sobre el morro blanco, que está al norte de la población, se establecerá otra batería de doce cañones, mirando á la bahía de modo que pueda cruzar fuegos con la fortaleza jeneral.
3.° Para estas obras se destinarán dos mil pesos mensuales, sobre los fondos del tesoro del puerto, hasta su conclusión.
4.° El director encargado presentará antes á la aprobación del Gobierno, los croquis y presupuesto correspondientes; y el gobernador litoral cuidará de la pronta conclusión de la obra.
El Ministro jeneral queda encargado del cumplimiento de este decreto, y de hacerlo imprimir y publicar.
Dado en el Palacio de Gobierno en el puerto de Lamar à 30 de diciembre de 1832
—Andres Santa Cruz
El Ministro jeneral, José Miguel de Velazco.
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Saludos
Jonatan Saona
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