El rey Carlos IV ordenó en 1803 básicamente dos cosas: que todo el territorio pase a jurisidicción del Virreinato del Perú y que se construya una fortificación en Paposo
El entonces Virrey del Perú, Gabriel Miguel de Avilés y del Fierro, Marqués de Avilés, realizó algunas observaciones sobre la Orden Real, en cuanto al establecimiento de una fortaleza en el Paposo, pues consideraba que el lugar no ofrecía interés alguno para corsarios y que fortificarla sería un gasto inútil.
Sin embargo sus observaciones terminan con la siguiente frase: "No es mi ánimo oponerme á las piadosas ideas de S.M... en cuanto á facilitar el bien espiritual y temporal de aquellos vasallos olvidados (se refiere a los habitantes del Paposo), á cuyo beneficio propendí en el tiempo que tuve á mi cuidado el gobierno de Chile, y lo continuaré ahora con más ahínco por el especial encargo de S. M." Es decir a pesar de tener algunas observaciones, el Virrey cumplirá la Real Orden ahora que pasan a su jurisdicción.
Este punto es muy importante pues la historia chilena menciona que la Real Orden no se cumplió ya que el Virrey no la aceptó, y que Paposo nunca pasó al Virreinato del Perú.
Transcribimos el documento con las observaciones realizadas al Ministro de Gracia y Justicia
"Exmo. señor:
Luego que el padre fray don Rafael Andreu, electo obispo auxiliar de las diócesis de Santiago de Chile, Charcas, Arequipa y Córdoba del Tucumán llegue á estos países y solicite las providencias correspondientes á la población y defensa del territorio del Paposo y desierto de Atacama, que S.M. se ha dignado resolver, pondré en ejecución lo que V.E. se sirve prevenirme en la Real Orden que sobre este negocio me comunica con fecha de primero de Octubre último, aunque anticipadamente me parece debo poner en consideración de V.E. que las circunstancias locales del Paposo no pueden proporcionar el establecimiento de una población de alguna entidad ni admitir fortificación capaz de su defensa.
La parte que desde el Paposo mira por el norte hasta Atacama es un arenal desierto y sin agua. Hacia el sur dista de Copiapó, á cuyo curato ha pertenecido, más de cien leguas, y por camino escabroso á la costa del mar, hacia la cual sigue próxima la cordillera de los Andes. La parte del este está casi desierta, y aunque no la he transitado, no creo que proporcione terrenos hábiles y capaces de admitir y fomentar establecimientos.
Por estas razones no considero á su puerto tan interesante á los extranjeros para el comercio fraudulento, teniendo muchos y mejores en el distrito de la intendencia de Arequipa, y bastantes en la costa septentrional del Perú, totalmente desierta, ó con algunas miserables poblaciones de indios, desde donde se les presenta más proporción de ejercitar el comercio ilícito.
Aún supuesta una población en el territorio y puerto del Paposo, como no puede ser sinó corta y débil, porque su situación no la permite numerosa ni presenta incentivos á la afluencia del comercio y voluntaria traslación de colonos; cualquiera fortaleza que haya de construirse seria más ventajosa al enemigo que al mismo país, porque fortificaciones en parajes donde no se puede tener una competente guarnición, ni ser socorridas por ejército ó gente de las inmediatas provincias, las juzgo más útiles al enemigo que las puede tomar y sostener, y perniciosas al territorio en cuya defensa se han colocado, y este es el caso en que en mi concepto nos hallamos por lo perteneciente al Paposo.
Pero dado caso que aquel territorio se hiciese inexpugnable, nada habríamos adelantado, sino es un gasto inútil al erario en las obras de fortificación, su conservación y subsistencia de la tropa y demás relativo á su defensa, puesto que aquel obstáculo alejaría á los enemigos ó contrabandistas del escollo para verificar sus miras en algún punto, ó algunos de los muchos que, como he dicho, le facilitan la proporción de efectuarlas, y si en cada uno de éstos se hubiera de hacer una fortificación, serían necesarios los tesoros de Atabaliba(1) para costearlas y los ejércitos de Jerjes para su defensa.
No por esto es mi ánimo oponerme á las piadosas ideas de S.M., antes las considero útiles y muy propias de su cristiano corazón, en cuanto á facilitar el bien espiritual y temporal de aquellos vasallos olvidados, á cuyo beneficio propendí en el tiempo que tuve á mi cuidado el gobierno de Chile, como le consta al mismo obispo electo auxiliar, y lo continuaré ahora con más ahínco por el especial encargo de S. M. en la citada Real Orden que contesto.
Dios guarde á V. E. muchos años.
— Lima. Marzo ocho de mil ochocientos cuatro.
—El Marqués de Avilés.
—Exmo. señor Ministro de Gracia y Justicia."
______________
Observaciones al Ministro de Guerra
"Exmo. señor:
—Cuando llegó á mis manos la Real Orden de diez de Octubre de ochocientos tres, en que con copia de la consulta de la Junta de fortificaciones de América, me previene V. E. lo resuelto por S.M. sobre población y defensa del territorio del Paposo; hacía dos meses que tenía recibida y contestada otra Real Orden dirigida al mismo objeto por el Ministerio de Gracia y Justicia, con fecha de primero del citado Octubre. Por lo que, siendo la materia una misma, me parece que no puedo contestar á V.E. de un modo más preciso que transcribiendo lo que expuse en ocho de Marzo último al Exmo. señor Ministro de Gracia y Justicia con el número ochenta y siete de mi correspondencia.
Dios guarde á V. E. muchos años.
—Lima, ocho de Mayo de mil ochocientos cuatro.
—El Marqués de Aviles.
—Exmo. señor Ministro de la Guerra"
____________
(1) Se refiere al Inca Atahualpa
****************
Saludos
Jonatan Saona
No hay comentarios.:
Publicar un comentario