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12 de febrero de 2013

Instrucciones de Saavedra

Cornelio Saavedra
Instrucciones reservadas comunicadas en Valparaíso al coronel Sotomayor al salir a campaña

Valparaíso, Febrero 9 de 1879.

Nombrado V. S. comandante en jefe de las fuerzas destacadas en el Norte de la república y en litoral boliviano, creo necesario indicar a V. S.  las instrucciones principales a que deberá ceñirse en el desempeño de dicho cargo.

El envío de nuestras fuerzas al litoral de Bolivia, tiene por objeto hacer respetar el tratado celebrado con esa república en 1874, y cuyas estipulaciones se niega a cumplir el Gobierno de esta última, infiriendo serios perjuicios a los intereses chilenos con la imposición de derechos fiscales y municipales, en abierta oposición con lo establecido en dicho pacto.

Si nuestro representante en La Paz no obtiene el resultado favorable que es de aguardar de las gestiones que al efecto ha seguido ante el Gobierno de Bolivia, y se viese en la necesidad de dar por terminadas sus relaciones diplomáticas, en tal caso deberá considerarse como írrito el tratado de 1874, y V. S. procederá a establecer la jurisdicción que Chile tenía hasta el paralelo veintitres antes de la celebración de aquel pacto, designando al efecto con carácter provisional las autoridades administrativas para la marcha regular y ordinaria del servicio público en aquel territorio, adoptando al mismo tiempo las medidas indispensables a su defensa y seguridad.

En la designación de empleos administrativos, V. S. procurará marchar de acuerdo con el Cónsul general de la república en Antofagasta, quien recibirá instrucciones sobre el particular por el Ministerio de Relaciones Exteriores.

En el caso posible que las autoridades bolivianas, constituidas en el litoral, tratasen de desconocer las que V. S. designare, y procuraran la resistencia con fuerza armada o tumultos populares, V. S. impedirá todo acto de esta clase hasta afianzar el orden y restablecer la tranquilidad en la población, amparando todos los intereses allí radicados, ya sean de nuestros nacionales, ya de los ciudadanos extranjeros establecidos en esa costa.

Asimismo deberá V. S. ejercer vigilancia en los puntos de la costa o del interior en que pudieran establecerse fuerzas hostiles al estado de cosas creado por la ruptura del tratado, e impedir y rechazar las agresiones que se llevasen contra las fuerzas de V. S. hasta tanto que, en vista del desarrollo de los acontecimientos, pueda el Gobierno y el Congreso adoptar las medidas que se desprendan de la gravedad misma de los sucesos y lo anormal de nuestra situación respecto de la república boliviana.

Por lo demás, V. S. necesitará obrar con latitud de acción en los accidentes, imposibles de prever, que se originarán con motivo de las complicaciones posteriores a la anulación del tratado de 6 de agosto de 1874.

El tino y prudencia de V. S. son una garantía para que en la situación difícil que crea a la república la actitud del Gobierno boliviano, no sufran los pobladores ni los intereses industriales allí establecidos los perjuicios que la exaltación consiguiente de los ánimos podrá ocasionar.

Encargo muy especialmente a V. S. que ponga con frecuencia en conocimiento del Gobierno los sucesos que se verifiquen, ya sea por medio de los vapores de la carrera o del cable submarino, si a su juicio de V. S. revistiesen grave importancia y no se presentaren inconvenientes para ello.

Dios guarde a V. S.

CORNELIO SAAVEDRA
Al comandante en jefe de las fuerzas expedicionarias al Norte de la República.


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Saludos
Jonatan Saona

2 comentarios:

  1. Bueno con estos argumentos Bolivia gana en la Haya

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  2. No gana nada, Chile puede negociar, pero las negociaciones no siempre llevan a un resultado, menos obligan a un país a entregar territorio.

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