"Lima, Setiembre 11 de 1880.
Visto el presente telegrama que quedará archivado en la Secretaría de Gobierno, y no pudiendo ser considerado el pago de cien mil soles a las fuerzas chilenas sino como un auxilio al enemigo del Perú, lo que constituiría delito contra él, sin que obste la amenaza de destruir el fundo mismo, que no es lícito evitar por aquel medio, prohíbese absolutamente el envío de dicho despacho telegráfico y se recuerda que la entrega de toda suma al enemigo por el hacendado del Puente, cualquiera que sea la forma en que se verifique, será perseguida y penada como delito de traición a la República.
Declárese, además, ipso facto, de la pertenencia del Estado toda propiedad en la que se suministrase al enemigo dinero o especies que no tomase éste a viva fuerza y por sí mismo.
Téngase esta resolución como regla general para los casos de igual naturaleza, dándose copia de ella y del telegrama de su referencia a los interesados si lo demandasen.
Publíquese y regístrese.
Rúbrica de S.E.
Orbegoso."
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Ahumada Moreno, Pascual. "Guerra del Pacífico, Recopilación completa de todos los documentos oficiales, correspondencias i demás publicaciones referentes a la guerra que ha dado a luz la prensa de Chile, Perú i Bolivia" Tomo III, Valparaíso, 1886.
Saludos
Jonatan Saona
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