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22 de octubre de 2018

Uniformes de Marina

Marinos chilenos
Uniformes para los oficiales de guerra i mayores de la Armada de la República
(Reglamento).

Valparaíso, marzo 4 de 1871.

En vista de lo que propone el Comandante en Jefe de la Escuadra i de lo informado por el Comandante Jeneral de Marina, decreto el siguiente

REGLAMENTO DE UNIFORMES PARA LOS OFICIALES DE GUERRA I MAYORES DE LA ARMADA DE LA REPÚBLICA.

Art. 1.° El uniforme para la oficialidad de la Armada de la República constará de tres secciones, a saber;

Parada.
Media parada, i
Ordinario de servicio.

Art. 2.° El uniforme de parada para los oficiales de guerra i mayores del grado correspondiente, hasta teniente segundo inclusive, se compondrá de sombrero de picos, frac con las divisas del grado respectivo, pantalón con galón i espada con tiros.

Los guardias-marinas usarán este mismo uniforme, con excepción del pantalón con galón.

Los aspirantes usarán por todo uniforme: gorra, chaqueta, pantalón de paño azul oscuro i espada.

Art. 3° El uniforme de media parada para los oficiales de guerra i mayores del grado correspondiente, hasta guardia-marina inclusive, lo compondrán: sombrero de picos, pantalón de paño azul oscuro, levita abrochada i espada con tiros sobre la levita.

Exceptúanse los capitanes de navío que, como los coroneles de ejército, podrán usar el pantalón con galón en este i cualquier otro caso.

Art 4.° El uniforme ordinario o de servicio para los oficiales de guerra i mayores del grado correspondiente, hasta guardia-marina inclusive, lo compondrán: gorra, levita con las divisas del grado respectivo en las bota-mangas, pantalón i chaleco de paño azul o blanco.

En verano podrá usarse una blusa de paño azul oscuro i en invierno un chaquetón de lo mismo, con las divisas del grado respectivo en las bota-mangas, para los oficiales subalternos, hasta teniente primero inclusive, i presillas para los jefes desde capitán de corbeta inclusive.

Art. 5.° Estos uniformes se usarán según las circunstancias i órdenes del jefe respectivo.

Art. 6.° La espada será peculiar a todo acto del servicio en los oficiales de guerra, i a las asistencias i revistas en los oficiales mayores.

Art. 7.° Las diversas piezas de uniforme de que se habla en los artículos anteriores quedarán sujetas en su forma i uso a las reglas siguientes:

Sombrero de picos,—Será de felpa negra, con el ala derecha una tercera parte mas baja que la izquierda, llevando ambas a su rededor un galón de seda negra de 40 milímetros de ancho, desde capitán de fragata abajo, i de oro del mismo ancho en las otras graduaciones superiores. En el ala derecha i un poco mas adelante de la parte superior de la copa llevará una cucarda nacional i un botón grande de ancla, la parte superior equidistante de las puntas, enlazando el seno de un calabrote de seis cordones de oro de 5 milímetros de diámetro, cuyos chicotes se afirmarán en la parte superior terciando la cucarda.

Los jefes usarán cabos de hilo de oro en los picos de sus sombreros.

Gorra.—Será de paño azul oscuro, copa de poco ruedo, visera charolada con botones negros para el fiador, galón de seda negra de 40 milímetros de ancho, con escudo al frente en campo azul oscuro de ancla de metal amarillo de 25 milímetros de largo i 20 de ancho i estrella de canutillo de plata de 8 milímetros de diámetro, rodeado de laurel de canutillo de oro de 15 milímetros de ancho, siendo el alto total de 50 milímetros i el ancho de 55.

Para el vice-almirante i contra-almirante, el campo del escudo será rojo i la visera forrada de paño azul con laurel bordado de oro, rodeando la parte interior i exterior de la visera en el primero; i solo la exterior en el segundo: ancho del bordado 10 milímetros.

Los capitanes de navío usarán sobre visera de paño azul un bordado de oro de 10 milímetros conforme a modelo.

Los capitanes de fragata i de corbeta usarán fiador de paño azul de 20 milímetros de ancho orillado de oro, con dos estrellas de 15 milímetros bordadas de oro en el centro el primero, i una el segundo, según modelo.

Los oficiales mayores del grado de jefes usarán este mismo fiador con la diferencia de que las estrellas de los grados respectivos serán, bordadas de plata.

Casaca.— Solo se usará en los grados superiores de vice—almirante i contra—almirante, observándose respecto de ella i de sus bordados lo establecido para los jenerales del ejército.

Pantalón con galón.—Será de paño azul oscuro i el galón se llevará por la costura a ambos lados, siendo de 20 milímetros de ancho desde teniente segundo hasta capitán de fragata inclusive, i de 40 en los grados superiores a éste.

Frac.—Será de paño azul oscuro con carteras que llevarán un botón de ancla en cada pico, cuello vuelto i doble botonadura al pecho de cinco botones. En las bota-mangas llevarán tres botones i tres en cada cola: uno en el talle, otro al medio i otro en el extremo inferior.

Los oficiales de guerra usaran además como distintivo de su clase una estrella de oro de 25 milímetros de diámetro cu la bota-manga.

Levitas.—De paño azul oscuro, cuello vuelto i doble botonadura al pecho de cinco botones, llevando dos botones en la parte trasera del talle i dos en las extremidades del faldón i divisas en las bota-mangas.

Chaquetas.—Los aspirantes las usarán de paño azul oscuro, cuello vuelto, doble botonadura al pecho, de cinco botones, con una ancla bordada de oro de 30 milímetros en cada extremo del cuello i una estrella de 25 de diámetro sobre los tres botones de la botamanga.

Pantalones.—Serán de paño azul o blanco.

Chaleco.—De paño azul o blanco i de forma común.

Corbata.—Será siempre negra.

Luto.—Los subalternos lo usarán de crespón terciado al brazo izquierdo en lutos oficiales, i los jefes usarán banda de crespón terciada al pecho sobre el hombro derecho, terminando en una cucarda tricolor con lazos.

En lutos particulares se usará crespón en el escudo de la gorra.

Espada.— Será líjernmentc curva, representando el puño la cabeza de un cóndor en la parte superior. La vaina será de cuero negro con dos conteras, una en la boca i otra en tercio, poco mas o menos, donde llevará argollas para enganchar los tiros. La empuñadura será blanca de escama, guarnición de bronce con ancla i estrella por la parte inferior.

Tiros— Serán de marroquí negro de 40 milímetros de ancho, abrochándose al frente por una chapa circular de 50 de diámetro, siendo ésta de bronce, representando una ancla i estrella rodeada de calabrote.

Los jefes usarán estos bordados de hilo de oro de 5 milímetros de ancho en la forma siguiente: capitán de navío cuatro cordones de hilo de oro del ancho indicado; capitán de fragata, tres; capitán de corbeta, dos.

Dragonas.—Las que usen los jefes de guerra i mayores serán de oro i la de los oficiales subalternos de cordón de seda negro i borla de oro.

Botones.—Serán de metal amarillo de ancla i estrella i de dos tamaños: los grandes tendrán de diámetro 25 milímetros i los chicos 10.

Forros.—Los de los trajes de uniforme serán siempre negros.

DIVISAS.

Art. 8.° Las divisas de los diversos grados serán los que a continuación se expresan: charreteras, galones, vivos en las bota-mangas i presillas.

Art. 9.° Las charreteras se usarán por los oficiales de guerra i mayores del grado correspondiente en el frac, con arreglo a lo prevenido en el art. 3.° distinguiéndose según los grados como sigue:

Vice-almirante: dos charreteras de pala bordada de oro sobre campo lacre con una ancla i tres estrellas bordadas de oro; canelón amarillo fijo de 10 milímetros.
Contra-almirante: como el anterior, con una ancla i dos estrellas bordadas sobre la pala.
Capitán de navío: dos charreteras de pala bordada de oro sobre campo azul oscuro con una ancla i tres estrellas bordadas de oro; canelón amarillo fijo de 10 milímetros.
Capitán de fragata: dos charreteras de pala bordada de plata con una ancla i dos estrellas bordadas de oro; canelón amarillo fijo de 10 milímetros.
Capitán de corbeta: dos charreteras de pala lisa de oro con una ancla i una estrella de plata; canelón amarillo fijo de 10 milímetros.
Teniente primero: dos charreteras de pala lisa de oro con una ancla bordada de plata; canelón amarillo suelto de 5 milímetros.
Teniente segundo: una charretera sobre el hombro derecho i capona sobre el izquierdo; palas i canelones como el anterior,

Guardia-marina: dos caponas de palas como las anteriores.

Art. 10. Las presillas a que se refiere el art. 8.° se usarán en el frac i en la forma siguiente, según modelo:

Vicealmirante: dos presillas con tres estrellas bordadas de oro sobro campo lacre; ancho de la presilla 25 milímetros.
Contra-almirante: como las anteriores, con dos estrellas.
Capitán de navío: sobre campo azul oscuro bordado de oro, tres estrellas bordadas de oro, mismo ancho.
Capitán de fragata: sobre campo blanco bordado de plata, dos estrellas bordadas de oro, mismo ancho.
Capitán de corbeta: sobre campo bordado de oro, una estrella bordada de plata; mismo ancho.
Teniente primero: campo liso de paño azul oscuro orillado de oro con tres guiones a cada extremo guardando cinco milímetros de distancia entre sí i diez de los extremos de la presilla. Ancho de esta 12 milímetros: ancho de los guiones i orillados, 2.
Teniente segundo: lo mismo que el anterior con solo dos guiones.
Guardia-marina: lo mismo que las anteriores con un solo guión.

Estas presillas se usarán por los oficiales de guerra i mayores del grado correspondiente.

Art 11. Los galones i vivos de las bota-mangas se usarán por los oficiales de guerra i mayores del grado correspondiente, hasta el de guardia-marina inclusive, en la levita con las distinciones de grado que se expresan i según modelo.

OFICIALES DE GUERRA

Vice-almirante: un galón de oro de 40 milímetros de ancho i dos de 10 sobre el anterior i una estrella de oro de 25.

Contra-almirante: un galón de oro de 40 milímetros de ancho uno de 10 sobre éste i estrella.
Capitán de navío: cuatro galones de 10 milímetros i estrella.
Capitán de fragata: tres galones de 10 milímetros i estrella.
Capitán de corbeta: dos galones de 10 milímetros i estrella.
Teniente primero: tres galones de oro de 5 milímetros i estrella.
Teniente segundo: dos galones de oro de 5 milímetros i estrella.
Guardia-marina: un galón de oro de 5 milímetros i estrella.

Los oficiales mayores usarán en la levita los mismos galones que los de guerra del grado respectivo, con excepción de la estrella peculiar a los oficiales de guerra, llevando como distintivo un vivo de 3 milímetros de ancho al rededor de la bota-manga en la parte inferior del primer galón i otro en cada una de las costuras de la bota-manga desde el primer galón al extremo de la manga.

En el frac se usarán estos mismos vivos por la parte inferior de los botones i en las costuras de las botamangas.

Este vivo será para los injenieros, de paño celeste, para los cirujanos, lacre, para los contadores, blanco i verde para el constructor naval.

Art. 12. Queda derogado el reglamento de uniformes para los oficiales de guerra i mayores de la Armada de la República, dictado en 3 de setiembre de 1863.

El presente reglamento principiará a rejir el 18 de setiembre del corriente año.

Comuníquese i publíquese.

Pérez.
J. Ramón Lira.
_____________

Uniforme de los Jefes i oficiales de la Armada.
(Adición al reglamento respectivo).

Santiago, enero 14 de 1882.

En virtud de lo expuesto por el jefe de la división naval del norte i de los informes adjuntos; i teniendo presente el reglamento de uniformes de 16 de octubre de 1878,
Decreto:

Los jefes i oficiales de la armada usarán en la botamanga del frac, además de los botones, los galones correspondientes al respectivo grado.

Comuníquese i publíquese.

SANTA MARÍA
Carlos Castellón.


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Texto: "Manual del Marino: Recopilación de leyes, decretos, reglamentos i órdenes de carácter jeneral referente a la marina chilena" Tomo II, Santiago 1883.

Saludos
Jonatan Saona

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