Medalla otorgada a los "Vencedores de Tarapacá" que derrotaron al ejercito chileno el 27 de noviembre de 1879.
Los premios otorgados a los que participaron en esta batalla fueron establecidos de la siguiente manera:
Nicolás de Píérola por decreto del 31 de enero de 1880 estableció expedir un diploma de vencedores de Tarapacá a los individuos del Ejército Nacional que tomaron parte del combate, el diploma debía contener estas palabras: «Él (nombre de la persona) venció en Tarapacá. Enalteció y dio lustre a las armas del Perú combatiendo en el (nombre del batallón) el 27 de noviembre de 1879».
Por Ley del 30 de mayo de 1885, declara Beneméritos a la patria en grado heroico a los que concurrieron a las acciones de guerra de Punta Angamos, Tarapacá y Arica.
"La Asamblea Macional Constituyente.
Considerando que es un deber de estricta justicia premiar los buenos servicios prestados por el Ejército y por la Armada Nacional en la guerra con la República de Chile.
Ha dado la ley siguiente:
Art. 1° Decláranse heroicas, por parte del Perú, las acciones de guerra de "Punta Angamos", de "Tarapacá" y de "Arica", acaecidas, respectivamente, el 8 de Octubre de 1879, el 27 de Noviembre del mismo año, y el 7 de Junio de 1880; y beneméritos de la patria, en grado heroico, á los que concurrieron á ellas...
Art. 3.° Decláranse también acreedores á una medalla de honor que detallará separadamente el Poder Ejecutivo: los vencedores de "Tarapacá" ...."
Por Ley del 20 de noviembre de 1901 se concede pensión y otros beneficios a sobrevivientes y deudos de los que perecieron en las batallas de Tarapacá y San Pablo, entre ellos se establece una medalla.
"Art. 4° Concédese una medalla a los sobrevivientes de uno u otro hecho de armas. Esta medalla será en su forma y dimensiones, igual a la de los vencedores del "Dos de mayo", pero con esmalte rojo para los que combatieron en clase de jefes; toda de oro para los que lo hicieron como oficiales, y de plata para los individuos de tropa y no militares. Penderá de una cinta con los colores nacionales y tendrá en el anverso, según corresponda, la leyenda "Tarapacá" o "San Pablo", y en el reverso, la fecha en que se libró la batalla."
Asimismo el 03 de diciembre de ese año el presidente de la República Eduardo López de Romaña, decreta la formación de comisiones para la asignación de premios a los combatientes de las batallas de Tarapacá y San Pablo
"Decreto : 1° Nómbrase dos comisiones, compuestas cada una de cinco jefes, cuya asistencia a las batallas de "Tarapacá" y "San Pablo" sea notoria, ante las cuales presentarán los interesados los documentos que comprueben su derecho a los premios que les otorga la Ley del 20 de noviembre último"
Durante el gobierno de Augusto B. Leguia, por Ley n° 4011, de fecha 02 de diciembre de 1919 se concede una gratificación a los sobrevivientes de Tarapacá y San Pablo
"Artículo único: Concédese a los Vencedores de Tarapacá y San Pablo, la gratificación del 25% sobre sus haberes o pensiones"
La medalla de la imagen fue otorgada a Marco Elías Sotillo, y es propiedad actualmente de sus descendientes.
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Saludos
Jonatan Saona
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